ARTICULO 18º. Es egresado del Tecnológico de Antioquia el estudiante que finalizados los estudios superiores, ha obtenido el título que lo acredite como tecnólogo en alguna de las disciplinas que se cursan en la institución.
Para hacer uso del servicio de Biblioteca, los egresados cumplirán los siguientes requisitos:

  • Presentarán carné de egresado.
  • Depositarán en la Tesorería de la institución, por una sola vez, la suma de DIECISEIS MIL PESOS ($16.000,00)
  • La suma anterior se incrementará el IPC certificado de cada año a partir del 1º de enero
  • Este dinero no es reembolsable


ARTICULO 19º. Las disposiciones referentes a los egresados, rigen a partir de la expedición del presente Estatuto, con las siguientes observaciones:
Sólo podrán obtener préstamos de un (1) libro y una (1) revista simultáneamente.
No devolver el material bibliográfico dentro de los diez (10) días hábiles posteriores al vencimiento, ocasionará el descuento del valor de los mismos, con cargo al depósito previo a la obtención del servicio y causará además la pérdida del servicio.
El dinero recaudado por el servicio de Biblioteca irá a un rubro presupuestal de destinación específica denominado "Biblioteca" y tendrá por finalidad recuperar el material que se hubiere perdido o efectuar nuevas adquisiciones bibliográficas.

 
 
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