ARTICULO 5º La Biblioteca ofrecerá los siguientes servicios:

  • Consulta en la sala
  • Préstamo y renovación de material bibliográfico
  • Préstamo interbibliotecario
  • Consulta en Internet
  • Orientación de usuarios
  • Consulta en bases de datos


ARTICULO 6º. HORARIOS: La Biblioteca prestará sus servicios en horarios que se ajuste a las necesidades de los usuarios. Para este efecto la funcionaria responsable del servicio se entiende autorizada para adecuar el horario de trabajo de los empleados.


ARTICULO 7º. PRESTAMO: Podrán utilizar este servicio los estudiantes, profesores, empleados, egresados, jubilados y estudiantes de otras universidades, a través de la Sección de Circulación y Préstamo.


ARTICULO 8º. REQUISITOS PARA EFECTUAR PRESTAMOS DE MATERIAL BIBLIOGRÁFICO: Dependiendo de la condición del usuario con respecto al Tecnológico , deberán presentar los siguientes documentos al solicitar préstamos de material bibliográfico.

  • Carné y/o colilla de pago
  • Carné de egresados
  • Carta por una sola vez autorizando deducción en caso de deuda con la Biblioteca.
  • Carta de préstamo interbibliotecario.

    PARAGRAFO:
  • Antes de autorizar un préstamo se confrontará que el solicitante esté a paz y salvo con la biblioteca.
  • La solicitud no excederá de tres (3) libros y/o revistas por usuario
  • El trámite del préstamo se efectuará en forma personal.

ARTICULO 9º. DURACION DEL PRÉSTAMO:

  • Los libros de la colección general se podrán prestar hasta por diez (10) días calendario.
  • Las revistas se prestarán hasta por cinco (5) días calendario.
  • Los libros de la colección de Referencia no se prestan a domicilio.
  • Los libros de la Colección de Reserva podrán prestarse desde una (1) hora antes de terminar el servicio diario hasta las nueve (9) de la mañana del día siguiente.
  • La colección de Archivo Vertical se prestará únicamente para la consulta en la sala de la Biblioteca.


ARTICULO 10º. SUSPENSION DE PRESTAMO: Los préstamos a domicilio se suspenderán:

  • Para los estudiantes por lo menos con diez (10) días de anticipación a los exámenes finales.
  • Para profesores de cátedra, al menos quince (15) días antes del vencimiento del Contrato
  • Para todos los usuarios en vacaciones de fin de año y para efectos de inventario cuando sea necesario.
  • El préstamo interbibliotecario se suspende 15 días de terminar el semestre


ARTICULO 11º . RESERVA DE MATERIALES. En caso de que el material solicitado se encuentre en préstamo, el interesado podrá presentar solicitud de reserva del mismo, en la Sección de Circulación y Préstamo.
Devuelto el libro, se guardará por un (1) día y si no fuere reclamado, pasará a la colección o se prestará a otra persona.


ARTICULO 12º . RENOVACION DE PRESTAMO: Todo material de préstamo podrá ser renovado siempre que no esté reservado.
La renovación se hará personalmente, en la fecha de vencimiento.


ARTICULO 13º. PRESTAMO INTERBIBLIOTECARIO: Este servicio se rige por el Reglamento del Comité Regional de Directores de Biblioteca y permite que el usuario pueda obtener servicios en bibliotecas diferentes a la de su institución. Sin embargo, al utilizar este servicio se someterá también al reglamento de la respectiva institución.
El préstamo interbibliotecario no se efectuará a los egresados y jubilados del Tecnológico de Antioquia.
El usuario que por préstamo interbibliotecario no entregue los libros en la fecha indicada y/o suspendan el préstamo a la Institución no podrá volver a utilizar este servicio.


 
 
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