ARTICULO
5º La Biblioteca ofrecerá los
siguientes servicios:
-
Consulta en la sala
-
Préstamo
y renovación de material bibliográfico
-
Préstamo
interbibliotecario
-
Consulta
en Internet
-
Orientación
de usuarios
-
Consulta
en bases de datos
ARTICULO 6º. HORARIOS:
La Biblioteca prestará sus servicios en horarios que se
ajuste a las necesidades de los usuarios. Para este efecto la
funcionaria responsable del servicio se entiende autorizada para
adecuar el horario de trabajo de los empleados.
ARTICULO 7º. PRESTAMO:
Podrán utilizar este servicio los estudiantes, profesores,
empleados, egresados, jubilados y estudiantes de otras universidades,
a través de la Sección de Circulación y Préstamo.
ARTICULO 8º. REQUISITOS
PARA EFECTUAR PRESTAMOS DE MATERIAL BIBLIOGRÁFICO:
Dependiendo de la condición del usuario con respecto al
Tecnológico , deberán presentar los siguientes documentos
al solicitar préstamos de material bibliográfico.
-
Carné y/o colilla de pago
-
Carné
de egresados
-
Carta
por una sola vez autorizando deducción en caso de deuda
con la Biblioteca.
-
Carta
de préstamo interbibliotecario.
PARAGRAFO:
-
Antes de autorizar un préstamo se confrontará que
el solicitante esté a paz y salvo con la biblioteca.
- La
solicitud no excederá de tres (3) libros y/o revistas por
usuario
- El
trámite del préstamo se efectuará en forma
personal.
ARTICULO
9º. DURACION DEL PRÉSTAMO:
-
Los libros de la colección general se podrán prestar
hasta por diez (10) días calendario.
- Las
revistas se prestarán hasta por cinco (5) días calendario.
- Los
libros de la colección de Referencia no se prestan a domicilio.
- Los
libros de la Colección de Reserva podrán prestarse
desde una (1) hora antes de terminar el servicio diario hasta
las nueve (9) de la mañana del día siguiente.
- La
colección de Archivo Vertical se prestará únicamente
para la consulta en la sala de la Biblioteca.
ARTICULO 10º. SUSPENSION
DE PRESTAMO: Los préstamos a domicilio
se suspenderán:
-
Para los estudiantes por lo menos con diez (10) días de
anticipación a los exámenes finales.
- Para
profesores de cátedra, al menos quince (15) días
antes del vencimiento del Contrato
- Para
todos los usuarios en vacaciones de fin de año y para efectos
de inventario cuando sea necesario.
-
El préstamo interbibliotecario se suspende 15 días
de terminar el semestre
ARTICULO 11º . RESERVA DE
MATERIALES. En caso de que el material solicitado
se encuentre en préstamo, el interesado podrá presentar
solicitud de reserva del mismo, en la Sección de Circulación
y Préstamo.
Devuelto el libro, se guardará por un (1) día y si
no fuere reclamado, pasará a la colección o se prestará
a otra persona.
ARTICULO 12º . RENOVACION
DE PRESTAMO: Todo material de préstamo
podrá ser renovado siempre que no esté reservado.
La renovación se hará personalmente, en la fecha de
vencimiento.
ARTICULO 13º. PRESTAMO INTERBIBLIOTECARIO:
Este servicio se rige por el Reglamento del Comité Regional
de Directores de Biblioteca y permite que el usuario pueda obtener
servicios en bibliotecas diferentes a la de su institución.
Sin embargo, al utilizar este servicio se someterá también
al reglamento de la respectiva institución.
El préstamo interbibliotecario no se efectuará a los
egresados y jubilados del Tecnológico de Antioquia.
El usuario que por préstamo interbibliotecario no entregue
los libros en la fecha indicada y/o suspendan el préstamo
a la Institución no podrá volver a utilizar este servicio.
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