ARTICULO
29º. El paz y salvo de Biblioteca es
indispensable para liquidación de matrícula, derechos
de grado y pago de prestaciones sociales. Además, se expedirá
paz y salvo a los empleados antes de efectuar el pago correspondiente
a la última quincena de los meses de junio y diciembre.
La Dirección Administrativa procurará el cumplimiento
de esta medida a través de los funcionarios correspondientes.
Los usuarios que utilicen el préstamo interbibliotecario
deberán ponerse a paz y salvo cada semestre.